Introduccion
La XI Reunión de Ministros de Medio Ambiente de América Latina y el Caribe celebrada en Lima, Perú del 10 al 13 de marzo del presente año, acordó en su Decisión 6, "exhortar a los países Partes de la Convención del Cambio Climático a que suscriban y ratifiquen el Protocolo de Kyoto, con el fin de asegurar que el mismo entre en vigor lo antes posible". A su vez, la misma Decisión llama a la conformación de un Grupo de Trabajo que permita "continuar con el análisis, perfeccionamiento y diseño de propuestas relativas a la puesta en funcionamiento del Mecanismo de Desarrollo Limpio, así como conocer y enriquecer la experiencia desarrollada por los países. El objetivo final será identificar una iniciativa que contribuya al posicionamiento de la región y su capacidad de negociación".
En su función de presidencia del Foro de Ministros de Medio Ambiente de América Latina y el Caribe, el Consejo Nacional del Ambiente de Perú convocó a la Reunión del Grupo de Trabajo sobre la puesta en marcha del Mecanismo de Desarrollo Limpio, en Lima, Perú los dias 12 y 13 de mayo de 1998. En preparación para esta reunión, el Comité Interagencial conformado por el PNUMA, el PNUD y el BID convocó a un Grupo Ad-Hoc a una sesión previa en Costa Rica los días 14 y 15 de abril, 1998, para identificar los principales temas que deberían conformar la agenda tentativa de dicho Grupo de Trabajo.
Este documento presenta una síntesis de las ideas principales discutidas por el Grupo de Trabajo con el objetivo de identificar posibles áreas de interés común para la región en relación al Mecanismo de Desarrollo Limpio sin comprometer la posición oficial de cada uno de los países Partes de la Convención Marco de Cambio Climático, la cual es el foro de negociación adecuado para un tratamiento sustantivo de este tema.
Este documento será remitido por el Presidente del Foro de Ministros de Medio Ambiente de América Latina y el Caribe a sus miembros con el apoyo del Comité Técnico lnteragencial.
El Grupo de Trabajo agradece al Gobierno de la República de Perú y en particular al Consejo Nacional del Ambiente, la excelente organización del evento, y al PNUMA, el PNUD y el BID que conforman el Comité Técnico lnteragencial por el apoyo para la celebración de esta reunión del Grupo de Trabajo.
Propositos del Mecanismo de Desarrollo Limpio
De acuerdo con el Artículo 12 del Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, el Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL) tiene dos propósitos:
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"Ayudar a las Partes no incluídas en el Anexo 1 a lograr un desarrollo sostenible y contribuir al objetivo último de la Convención"; y
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"Ayudar a las Partes incluidas en el Anexo 1 a dar cumplimiento a sus compromisos cuantificados de limitación y reducción de las emisiones contraídos en virtud del Artículo 3".
Tal como lo dispone el Artículo 3.12 "toda unidad de reducción certificada de emisiones obtenida a través del MDL, se agregará a la cantidad atribuida al país del Anexo 1 que la adquiera'"
El Artículo 12 estipula que la reducción de emisiones resultantes de cada actividad de proyecto deberá ser certificada sobre la base de: la participación voluntaria acordada por cada Parte participante; beneficios reales medibles y de largo plazo; y reducciones adicionales a las que se producirían en ausencia de la actividad del proyecto que da origen a la certificación. El mismo Artículo dice que "las reducciones certificadas de emisiones que se obtengan en el período comprendido entre el año 2000 y el comienzo del primer período de compromiso podrán utilizarse para contribuir al cumplimiento en el primer período de compromiso".
Adicionalmente, el Artículo 12 menciona la función de "ayudar según sea necesario a organizar la financiación de actividades de proyectos certificadas'.
Fuera de estas especificaciones, la gran mayoría de los aspectos de diseño y operación del MDL están aún por definirse, para lo cual el Foro de Ministros de Medio Ambiente de América Latina y el Caribe ofrece un espacio de discusión.
Las Principales Funciones del MDL
Las principales funciones del MDL deberían consistir en:
A. Velar por que los proyectos de reducción que se propongan cumplan con los siguientes criterios de elegibilidad:
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Que contribuyan al desarrollo sostenible de los países en desarrollo, bajo criterios definidos soberanamente por cada país.
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Que conduzcan a la mitigación del cambio climático.
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Que la reducción sea medible y certificable en el tiempo.
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Que los beneficios ambientales sean de carácter permanente y adicionales a lo que hubiera ocurrido en ausencia del proyecto.
B. Organizar, supervisar y aprobar la certificación de las reducciones acreditables y emitir los respectivos certificados de aquellas reducciones efectivamente logradas.
La Estructura
El Grupo de Trabajo consideró que la estructura del MDL deberá definirse de acuerdo con las funciones que se le asignen sin fomentar mayor burocracia y apoyándose en entidades existentes. En ese sentido, anotaron lo siguiente:
Junta Ejecutiva
El Artículo 12 establece una Junta Ejecutiva cuyo fin es supervisar el MDL. Igualmente señala que la Conferencia de las Partes, en calidad de reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto, designará entidades operacionales con funciones de certificación.
La Junta Ejecutiva deberá conjugar los intereses legítimos de las Partes del Protocolo, y ser conformada en forma equilibrada entre las Partes inscritas en el Anexo 1 y aquellas no incluidas en el Anexo 1. Las funciones de la Junta Ejecutiva deberían incluir:
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La promoción del mercado y su transparencia.
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La responsabilidad última de la certificación y verificación de las reducciones.
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El registro y validación de agencias certificadoras.
Autoridades Nacionales
En los países en desarrollo el MDL necesita apoyarse en una Autoridad Nacional, existente o por crearse, designada a efectos del Mecanismo de Desarrollo Limpio. Estas Autoridades Nacionales Designadas podrían asumir funciones como las siguientes:
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Determinar si los proyectos contribuyen al desarrollo sostenible y son compatibles con las prioridades del país, y evaluar los proyectos bajo este criterio.
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Establecer los criterios y definir los mecanismos para la evaluación y aprobación de los proyectos, de acuerdo con los procedimientos y metodologías internacionales que se establezcan para el MDL.
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Fijar los criterios para que los proyectos que se presenten aseguren una distribución equitativa de los beneficios económicos producidos por la reducción de emisiones entre los participantes en el proyecto.
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Certificar en el nível nacional las reducciones de emisiones en base a actividades de proyectos aprobados, avalando las reducciones logradas.
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Encauzar y fomentar una participación amplia de entidades públicas y privadas, como también de todos los actores sociales en actividades de reducción de emisiones.
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Coordinar con las instancias internacionales del MDL, incluyendo las entidades operacionales certificadoras previstas en el Artículo 12, párrafo S.
Otros Actores
El Grupo de Trabajo anotó la importancia de definir roles complementarios de agencias con experiencia en el tema de cambio climático, tales como el PNUMA para apoyar en la certificación y en la vinculación con otros tratados internacionales, el PNUD en el fortalecimiento de capacidades, en el desarrollo de proyectos nacionales viables para el MDL y el intercambio de experiencias entre países, y el BID para analizar y desarrollar enfoques operacionales para la puesta en marcha del MDL en la región.
La Naturaleza de los Proyectos
El Artículo 12 habla de "actividades de proyectos que tengan por resultado reducciones certificadas de las emisiones". Al respecto, el Grupo de Trabajo consideró que:
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Corresponde a cada país precisar los sectores prioritarios que le interesan para orientar la formulación de actividades de proyectos a ser incluídas dentro del MDL.
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Conviene asegurar que los criterios de aceptación de proyectos de distintos sectores bajo el MDL (Artículo 12) sean los mismos a los utilizados para el cumplimiento de las reducciones asumidas por los países del Anexo 1 en el Artículo 3.
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La determinación de la reducción de emisiones debe hacerse proyecto por proyecto. Es necesario clarificar el concepto de línea de base y establecer criterios y metodología transparentes, así como un sistema de garantias que aseguren la permanencia de los beneficios de las reducciones de emisiones certificadas.
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Las reducciones certificadas de emisiones provenientes del MDL deberán ser homogéneas con aquellas reducciones obtenidas a través de otros mecanismos de flexibilidad geográfica previstos en el Protocolo.
La Comercializacion de las Reducciones
El Grupo de Trabajo reconoció que está previsto el desarrollo de un sistema de comercio global de reducción de emisiones. El Grupo consideró que el MDL debería poder insertarse en ese futuro sistema, con base en la certificación y garantía de proyectos que produzcan reducciones de emisiones certificadas.
Algunos de los modelos de proyección de costo que se han utilizado internacionalmente preven cierto porcentaje de reducciones que podrían ser logradas a bajo costo por medidas de eficiencia energética en los países industrializados. Por encima de este porcentaje, el resto de las reducciones sólo podrán ser logradas a un costo marginal alto dentro de los países industrializados. Existe un margen de diferencia entre el costo de estas reducciones y aquellas que podrían ser logradas en los países en desarrollo. Es precisamente este margen de diferencia el que ofrece la oportunidad de bajar los costos de las reducciones globales. Esta reducción de costos debe compatibilizarse con los intereses y necesidades de los países en desarrollo.
Se consideró recomendable:
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Explorar las posibilidades que ofrece el componente de adaptación para países en desarrollo particularmente vulnerables para mejorar las condiciones generales de reparto equitativo del diferencial de costos, mediante la creación de un fondo que administraría una entidad establecida, distinta del MDL, pero sometida a las directrices que emanen de la Junta Ejecutiva.
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Examinar opciones para lograr que los precios se fijen con critérios de oferta colectiva que controle y asegure una adecuada rentabilidad en la venta de las reducciones.
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Crear un esquema de beneficios mutuos estableciendo los criterios de base para la distribución equitativa de dichos eventuales beneficios entre los países participantes, así como las previsiones para los costos de administración y para el componente de adaptación.
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Tender a desacoplar la oferta y la demanda a nivel de proyecto a través de un mecanismo de comercialización de títulos internacionales homogéneos en cuanto a su unidad de medida, respaldados por reducciones certificadas de emisiones a nivel nacional em los países no inscritos en el Anexo I. Dicho mecanismo podría adoptar el modus operandi que como Anexo se acompaña.
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Las reducciones certificadas de emisiones provenientes del MDL deberán ser homogéneas con aquellas reducciones obtenidas a través de otros mecanismos de flexibilidad geográfica previstos en el Protocolo.
La Estrategia de Negociacion
El Grupo de Trabajo reconoció la importancia de continuar el diálogo dentro del Grupo Latinoamericano y del Caribe a fin de desarrollar posiciones comunes.
Consideró necesario igualmente mantener el diálogo dentro del Grupo de G77 y China como medio de hacer valer estas posiciones. La fuerza de negociación durante la Tercera Conferencia de las Partes estribó en la unión del Grupo de G77 y China. Al progresar las negociaciones, es nuevamente necesario fortalecer este bloque, teniendo especial consideración con México, país latinoamericano pero no miembro del G77.
Anexo
Modus Operandi
Las Autoridades Nacionales Designadas (AND) podrían avalar las reducciones de emisiones resultantes de actividades de proyectos para presentarlas al Mecanismo de Desarrollo Limpio. La acreditación nacional se otorgaría con base en el cumplimiento de los criterios establecidos por la Convención, el Protocolo, el MDL, así como los criterios adicionales adoptados por cada país. Las reducciones acreditadas nacionalmente deberían ser remitidas por las AND a las entidades operacionales del MDL para su certificación.
Una vez certificadas, el MDL acreditaría las reducciones nacionales como respaldo de sus emisiones de certificados intemacionales de carácter homogéneo en cuanto a su unidad de medida. Para ello el MDL podría eventualmente aplicar un margen de seguridad el cual podría contemplar los diferentes niveles de riesgo implícitos en los proyectos. Estos certificados internacionales serían manejados en consignación por el MDL para la venta al usuario final. La única forma de acceder a certificados intemacionales sería comprarlos en los mercados de capitales a los cuales el MDL los consigne.
Los ingresos obtenidos producto del intercambio de reducciones a través del MDL serán girados a las AND, siendo las AND las encargadas de distribuir a nivel nacional los ingresos obtenidos por esta vía.