(Tema 4 d) del programa)
Conclusiones
(relacionadas con los temas del programa 4 d) y 4 e))
En su quinta sesión, celebrada el 6 de noviembre, tras examinar una propuesta del Presidente, el OSACT aprobó las siguientes conclusiones:
a) El OSACT tomó nota con agradecimiento de la exposición del IPCC sobre los progresos de su labor y su programa de trabajo propuesto en materia de uso de la tierra, cambio de uso de la tierra y silvicultura. El OSACT señaló que al elaborar su programa de trabajo, en conformidad con la decisión 11/CP.7, el IPCC debía asignar prioridad a la orientación sobre buenas prácticas que se menciona en el apartado b) del párrafo 29 infra;
b) El OSACT acogió con agrado el programa de trabajo propuesto por el IPCC en relación con la orientación sobre buenas prácticas en materia de uso de la tierra, cambio de uso de la tierra y silvicultura, que comprende secciones separadas para la Convención Marco y el Protocolo de Kyoto, a fin de destacar los requisitos adicionales específicos del Protocolo de Kyoto, según se indica en los proyectos de decisión de la CP constituida en reunión de las Partes en el Protocolo de Kyoto (CP/RP), respecto del uso de la tierra, el cambio de uso de la tierra y la silvicultura, de la orientación sobre las buenas prácticas y los ajustes previstos en el párrafo 2 del artículo 5 y de las directrices para la preparación de la información sobre la aplicación del artículo 7, como se establece en las decisiones de la CP 11/CP.7, 21/CP.7 y 22/CP.7;
c) En el contexto de los requisitos de la Convención Marco, el OSACT tomó nota del plan del IPCC de procurar una representación acorde de la superficie de las tierras;
d) Recordando los apartados b) y c) del párrafo 29 supra, el OSACT también alentó al IPCC a que velara por que toda ampliación o modificación al notificar las categorías indicadas en el capítulo 5 de las Directrices del IPCC para realizar los inventarios nacionales de los gases de efecto invernadero, versión revisada en 1996, permitiera comparar la información comunicada sobre la base de la orientación sobre las buenas prácticas con los inventarios anteriores comunicados con arreglo a la Convención;
e) El OSACT tomó nota del documento sobre el alcance de los trabajos propuesto por el IPCC respecto de la elaboración de definiciones de degradación de los bosques y eliminación de la vegetación forestal y otros tipos de vegetación como consecuencia de actividades humanas directas, y de las opciones metodológicas para la elaboración de inventarios y de informes sobre las emisiones resultantes de estas actividades 1;
f) El OSACT también tomó nota del documento sobre el alcance de los trabajos propuesto por el IPCC en relación con la elaboración de metodologías viables para que las variaciones del carbono almacenado y las emisiones de gases de efecto invernadero por las fuentes y la absorción por los sumideros debidas directamente a las actividades humanas se excluyan de las variaciones del carbono almacenado y de las emisiones de gases de efecto invernadero por las fuentes y la absorción por los sumideros inducidas indirectamente por la actividad humana, los efectos naturales y los efectos debidos a las prácticas forestales aplicadas en el pasado;
g) El OSACT tomó nota de la intención del IPCC de incluir a la madera procedente de la explotación forestal en la orientación sobre buenas prácticas, manteniendo la coherencia con la decisión 3/CP.5. El OSACT alentó al IPCC a que incorporara a su labor todas las decisiones futuras de la CP y de la CP/RP y las conclusiones del OSACT sobre productos madereros de la explotación forestal. Esa labor no sustituirá a las deliberaciones y los trabajos futuros ni a ninguna decisión pertinente mencionada en los apartados l) y m) infra del párrafo 29;
h) El OSACT aplaudió la participación del IPCC en la organización del taller conjunto sobre definiciones relacionadas con la silvicultura, inclusive definiciones específicas del bioma y las expresiones "degradación forestal" y "eliminación de la vegetación", organizado por la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), el IPCC y el Centro de Investigación Forestal Internacional (CIFOR), que se celebraría en Roma en enero de 2002;
i) El OSACT invitó al IPCC a que, en su próximo período de sesiones y periódicamente después, presentara un informe sobre los adelantos logrados en los trabajos relacionados con los susodichos asuntos;
j) El OSACT alentó a las Partes interesadas en contabilizar las emisiones procedentes de productos madereros a proseguir sus trabajos y mantener su colaboración oficiosa en aspectos de este tema, y alentó toda aportación futura de las Partes en relación con nuevos resultados e ideas;
k) El OSACT invitó a las Partes a que presentaran comunicaciones sobre las repercusiones de la contabilización de los productos madereros, inclusive opiniones sobre distintos enfoques y metodologías, antes del 15 de enero de 2003, a fin de compilarlas en una adición al documento FCCC/SBSTA/2001/MISC.1 que sería examinado en su 18º período de sesiones;
l) El OSACT pidió a la secretaría que preparara un documento técnico sobre contabilización de productos madereros, teniendo en cuenta las repercusiones socioeconómicas y ambientales, inclusive las repercusiones en los países en desarrollo, para examinarlo en su 19º período de sesiones y en períodos de sesiones posteriores, si fuera necesario. El documento se basará, entre otras cosas, en las comunicaciones de las Partes que figuran en FCCC/SBSTA/2001/MISC.1 y en la adición mencionada en el apartado k) del párrafo 29 supra, los resultados de la reunión de expertos del IPCC en Dakar, cualquier información técnica relacionada con el apartado j) del párrafo 29 supra, y otras fuentes de información pertinentes. El OSACT pidió a la secretaría que preparara este documento con ayuda de un número reducido de expertos de la lista de la Convención Marco, velando por que hubiera una participación adecuada de expertos de países en desarrollo y desarrollados, así como de países con economías en transición, habida cuenta de las cuestiones de que debía tratar el documento técnico;
m) El OSACT considerará además la contabilización de los productos madereros y la presentación de informes al respecto en sus períodos de sesiones 20º y 21º, teniendo en cuenta los trabajos y la información que se mencionan en los apartados j), k) y l) del párrafo 29 supra, y la labor del IPCC relativa a la orientación sobre buenas prácticas en materia de uso de la tierra, cambio de uso de la tierra y silvicultura, con miras a recomendar decisiones pertinentes a la CP y la CP/RP.
1 Véase el texto aprobado en el apartado c) del párrafo 3 de la decisión 11/CP.7 en el documento FCCC/CP/2001/13/Add.1.