Conclusiones
En su séptima reunión, el día 16 de junio, habiendo considerado una propuesta hecha por el Presidente, el SBSTA adoptó las siguientes conclusiones:
a. El SBSTA observó con satisfacción que la cuestión de educación, entrenamiento y concientización pública en el ámbito del Artículo 6 de la Convención había sido tratada en la sesión presente. Le agradeció al secretariado por el informe y lo felicitó por la iniciativa de organizar un evento paralelo en esta sesión, con el objetivo de intercambiar informaciones entre las Partes, las organizaciones intergubernamentales y las organizaciones no gubernamentales;
b. El SBSTA observó que, aunque las actividades relacionadas con el Artículo 6 sean consideradas como muy importantes en la implementación del Artículo 6 de la Convención, la cuestión ha recibido poca atención por parte del SBSTA hasta ahora. El SBSTA también observó que iniciativas a nivel nacional e internacional ya fueron realizadas por las Partes, por organizaciones intergubernamentales y organizaciones no gubernamentales y que as lecciones aprendidas, inclusive los productos informativos, deben ser compilados y compartidos y las áreas prioritarias deben ser identificadas. Además, el SBSTA tomó nota de las sumisiones de las Partes incluidas en el documento FCCC/SBSTA/2000/MISC.3 y Add.1;
c. El SBSTA le solicitó al secretariado que colocase el Artículo 6 en la agenda de la décima cuarta sesión y, conforme sea el caso, en las sesiones subsiguientes.