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Decisión 9/CP.3- Desarrollo y transferencia de tecnologías

La Conferencia de las Partes,

Recordando las disposiciones relativas a la transferencia de tecnologías ecológicamente racionales del plan para la ulterior ejecución del Programa 21, aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su decimonoveno período extraordinario de sesiones,

las disposiciones relativas a la transferencia de tecnologías ecológicamente racionales del plan para la ulterior ejecución del Programa 21, aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su decimonoveno período extraordinario de sesiones,

Tomando nota del papel que incumbe a los sectores público y privado en el desarrollo y la divulgación de tecnologías ecológicamente racionales y económicamente viables que guarden relación con la mitigación del cambio climático y la adaptación a éste,

del papel que incumbe a los sectores público y privado en el desarrollo y la divulgación de tecnologías ecológicamente racionales y económicamente viables que guarden relación con la mitigación del cambio climático y la adaptación a éste,

Reconociendo los progresos hechos por los países en el fomento del marco institucional y reglamentario necesario para la introducción de tecnologías ecológicamente racionales, así como la necesidad de que las Partes prosigan sus esfuerzos por eliminar las actuales barreras del mercado a la divulgación de la tecnología,

los progresos hechos por los países en el fomento del marco institucional y reglamentario necesario para la introducción de tecnologías ecológicamente racionales, así como la necesidad de que las Partes prosigan sus esfuerzos por eliminar las actuales barreras del mercado a la divulgación de la tecnología,

Recordando sus decisiones 13/CP.1 y 7/CP.2 sobre transferencia de tecnología,

sus decisiones 13/CP.1 y 7/CP.2 sobre transferencia de tecnología,

Habiendo examinado los informes sobre la labor realizada por la secretaría de la Convención en materia de desarrollo y transferencia de tecnología 1/,

los informes sobre la labor realizada por la secretaría de la Convención en materia de desarrollo y transferencia de tecnología /,

1. Reafirma sus decisiones 13/CP.1 y 7/CP.2 sobre transferencia de tecnología;

2. Pide a la secretaría de la Convención que:

a) Prosiga su labor relativa a la síntesis y la divulgación de información sobre tecnologías y conocimientos especializados ecológicamente racionales que faciliten la mitigación del cambio climático y la adaptación a éste, por ejemplo, acelerando el desarrollo de metodologías para las tecnologías de adaptación, en particular instrumentos de decisión que permitan evaluar las diferentes estrategias de adaptación, teniendo en cuenta el programa de trabajo sobre las cuestiones de metodología aprobado por el Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico y Tecnológico en su sexto período de sesiones 2/;

b) Celebre consultas con el Fondo para el Medio Ambiente Mundial y otras organizaciones internacionales pertinentes, y solicite información sobre sus capacidades y facultades para apoyar la labor de uno o varios centros internacionales de información sobre tecnología, así como de los centros nacionales y regionales, y reforzar el apoyo a los centros nacionales y regionales, y que informe de sus conclusiones al Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico y Tecnológico y al Órgano Subsidiario de Ejecución;

c) Examine, como parte de su labor sobre las condiciones para la transferencia de tecnología, casos concretos basados en la experiencia de las Partes, en particular proyectos de demostración, con el objeto de evaluar las barreras a la introducción y aplicación de tecnologías y conocimientos especializados ecológicamente racionales, y de promover su aplicación práctica;

3. Pide al Órgano Subsidiario de Ejecución que examine diversas opciones para la financiación de uno o varios centros internacionales de información sobre tecnología y el reforzamiento del apoyo a los centros nacionales o regionales;

4. Pide al Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico y Tecnológico que transmita al Órgano Subsidiario de Ejecución, para su examen, cualquier conclusión que adopte con respecto a los centros de información sobre tecnología y el reforzamiento del apoyo a los centros nacionales o regionales;

5. Insta a las Partes a que:

a) Establezcan un ambiente favorable que permita alentar todavía más la inversión del sector privado en las tecnologías ecológicamente racionales y su transferencia;

b) Mejoren la presentación en las comunicaciones nacionales de información sobre las necesidades de tecnología y las actividades para la transferencia de tecnología, según se señala en las directrices para la presentación de las comunicaciones nacionales aprobadas por las Partes.

Esplanada dos Ministérios, Bloco E,
CEP: 70067-900, Brasília, DF Telefone: (61) 2033-7500
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