Compromisos de los Países en Desarrollo:
Elaborar y actualizar periódicamente inventarios nacionales de emisiones antropógenas por fuentes y de la absorción por los sumideros de todos los gases de efecto invernadero no controlados por el Protocolo de Montreal. (Artículo 4 del texto de la Convención)
Informar sobre las medidas ya tomadas o previsibles para la aplicación de la Convención. (Artículo 12 del texto de la Convención)
Elaboración de la Comunicación Nacional
Brasil ha establecido un equipo que, bajo la Coordinación del MCT, tiene como atribución elaborar la Comunicación Nacional
La Comunicación Nacional de Brasil deberá contener dos capítulos principales:
el inventario de emisiones de los principales gases de efecto invernadero (CO2, CH4 y N2O) en los sectores energético, industrial, uso de la tierra y desmonte, agropecuaria y tratamiento de desechos, y
presentar las providencias ya tomadas o previsibles para la aplicación de la Convención.
Plazo para Envío de la Comunicación Nacional al Secretariado de la Convención:
- Primera Comunicación Nacional de Brasil
Tres años después de la entrada em vigor de la Convención para Brasil (29 de mayo de 1997); o tres años después de la disponibilidad de recursos por parte de la entidad financiera de la Convención (05 de agosto de 1999).
(Artículo 12, Parágrafo 5 del texto de la Convención)
- Segunda Comunicación Nacional de Brasil
Cuatro años después de la disponibilidad de recursos por parte de la entidad financiera de la Convención, o, según sea necesario, 5 años, después del comunicado oficial al Secretariado de la Convención (02 de febrero de 2011).
(Decisión 8/CP.11, que trata sobre la sumisión de segundas y, cuando apropriado, terceras comunicaciones de Partes no incluidas en el Anexo I de la Convención (en este caso, Brasil).