Según el Despacho Telegráfico n.º 612, de 19/09/2002, enviado por el Ministerio de Relaciones Exteriores – MRE a la Embajada de Brasil en Berlín, el Secretariado de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático fue oficialmente informado por el Gobierno Brasileño de que la Comisión Interministerial de Cambio Global del Clima es la Autoridad Nacional Designada para la aprobación de proyectos en el ámbito del Mecanismo de Desarrollo Limpio del Protocolo de Kyoto, conforme lo dispuesto en el art. 3º, inciso IV, del Decreto Presidencial del 7 de julio de 1999 que instituyó la referida Comisión.
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