Base Legal
Decreto n.º 2652, de 01.07.1998; Convención-Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático;
Decreto Legislativo n.º 144 de 2002, que aprueba el texto del Protocolo de Kyoto a la Convención-Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático; Decisión 17 CP.7;
Decreto de 07 de julio de 1999, que crea la Comisión Interministerial del Cambio Global del Clima; Portaria MCT n.º 836, de 11.11.2003, que instituye la Resolución n.º 01 de la Comisión Interministerial del Cambio Global del Clima.
Finalidad
El Protocolo de Kyoto establece en su Artículo 12 el Mecanismo de Desarrollo Limpio que establece en su párrafo tercero que bajo este mecanismo las Partes no incluídas en el Anexo I, que incluye el Brasil, se beneficiarán de actividades de proyectos que resulten en reducciones certificadas de emisiones.
El objetivo de la inclusión de esta acción en el Programa es, por lo tanto, evaluar proyectos en el ámbito del Mecanismo de Desarrollo Limpio, que resulten en reducciones de emisiones en los sectores de energía, industria, uso de solventes, agropecuária, cambio en el uso de la tierra y bosques y tratamiento de residuos y en secuestro de carbono por reforestamiento o el establecimiento de nuevos bosques, así como capacitar instituciones y especialistas para la actuación en el área de Mecanismo de Desarrollo Limpio y en certificación de los proyectos de MDL, contratar estudios y realizar visitas técnicas a los proyectos aprobados en el ámbito de la Comisión Interministerial de Cambio Global del Clima.
Implementación de las acciones
En esta acción deberá ser viabilizada la evaluación, cuanto a la contribución para el desarrollo sustentable, de proyectos sometidos a la apreciación de la Comisión Interministerial del Cambio Global del Clima, en el ámbito del Mecanismo de Desarrollo Limpio del Protocolo de Kyoto; la capacitación de instituciones y especialistas en el área de cambio global del clima; la contratación de estudios; y la realización de visitas técnicas a los proyectos aprobados en el ámbito de la Comisión Interministerial.