Replica Handbags
Replica Longines Watches
Replica Watches
Replica Rolex
Replica watch
Replica Watches
Replica Watches
Ministério da Ciência, Tecnologia e Inovação Portal Brasil
  C A-    A+ A    A    A
   buscar    busca avançada Mapa do site  
   
Ministério da Ciência, Tecnologia e Inovação Portal Brasil
ir direto para o conteúdo imagem diminuir letra    aumentar letra imagem Mudar o contraste do site com imagens    Mudar o contraste do site sem imagens    Mudar o contraste do site para cores escuras imagem
      busca avançada imagem Mapa do site   Mapa do Site imagem

imagem
Português  Inglês  Francês 
Organización Latinoamericana de Energía - OLADE

Quito, 20 de mayo de 1998

Antecedentes

Desde la realización de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo en Río de Janeiro en 1992, en la cual se suscribió la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, la Organización Latinoamericana de Energía (OLADE) ha estado planteando que actividades le corresponderían realizar, dado el alto contenido de los aspectos energéticos involucrados en dicha Convención. En efecto, una vez en vigencia la mencionada Convención, distintas instituciones de cooperación vinculadas al tema, han realizado contactos con la Secretaría Permanente de la OLADE en función de desarrollar proyectos relacionados a gases de efecto invernadero.

En el período de 1993 - 1996, la Secretaría Permanente de la OLADE, informó a las distintas instancias de OLADE (Reunión de Ministros y Comité de Control y Seguimiento) sobre la gestión de estos proyectos. En cada ocasión, algunos Países Miembros de la Organización expresaron sus opiniones en el sentido de que tales proyectos no se correspondían con las prioridades de los Países Latinoamericanos y del Caribe, en materia de energía.

En el Taller Subregional Andino, realizado en Quito, Ecuador, el 15 y 16 de mayo de 1997 en el marco del Proyecto UNEP/GEF 'Aspectos Económicos de la Limitación de Gases de Efecto Invernadero', algunos países expresaron que la realización de actividades de mitigación de gases de efecto invernadero conviene a los países en la medida en que coadyuve a resolver problemas importantes de la región, tales como la disminución de la pobreza y el desarrollo económico sostenible.

A efectos de ampliar, a nivel técnico, un pronunciamiento oficial de OLADE, respecto al tema Gases de Efecto Invernadero, en la XXII Reunión del Comité de Control y Seguimiento, llevada a cabo en Quito en febrero de 1997, se recomendó realizar una Reunión de carácter técnico, recomendación que fue ratificada en la XXVIII Reunión de Ministros de OLADE, llevada a cabo en Montevideo en noviembre de 1997.

Durante la Reunión Técnica, llevada a cabo en Quito el 20 de mayo de 1998, se establecieron las siguientes consideraciones, criterios y recomendaciones que deberán sustentar la cooperación de OLADE en el ámbito del tema de Gases de Efecto invernadero.

Consideraciones

1. Los países de América Latina y el Caribe no son parte del Anexo 1 de la Convención y en consecuencia no tienen metas cuantificadas de reducción de los gases de efecto invernadero bajo el artículo 4.2.a- de la Convención, ni bajo el texto de protocolo acordado en Kyoto, en diciembre de 1997.

2. Los Países Miembros de OLADE desean mantener una participación activa en todo el proceso de la Convención y aprecian como importante involucrarse en acciones asociadas al cumplimiento de los objetivos de la Convención.

Criterios

1 . Promover y gestionar proyectos competitivos y autosostenibles de eficiencia energética, de tecnologías limpias, de fuentes nuevas y renovables de energía, de incremento de la eficiencia del sector energético y de la cobertura del servicio energético, de reducción del impacto ambiental y de mejoramiento de la calidad de vida. Adicionalmente, OLADE debe realizar un inventario de los requerimientos de la tecnología necesaria para llevar a cabo este tipo de proyectos.

2. La ejecución de proyectos mencionados en el punto 1 puede evitar nuevas emisiones de gases de efecto invernadero, sin embargo ello no implica implícitamente que el país miembro de OLADE, esté asumiendo nuevos compromisos adicionales bajo la Convención.

3. La organización, en el ámbito de su competencia, debe incorporar, teniendo en cuenta las necesidades específicas de las subregiones que integran la Organización, donde sea pertinente, la temática de la evaluación, y en lo posible la cuantificación, del eventual impacto económico, social y ambiental que el cumplimiento de los compromisos de los países del Anexo I, bajo el texto del Protocolo acordado en Kyoto en diciembre de 1997, tendría en nuestros países, bien sea por medidas directas en sus territorios o mediante la utilización de los instrumentos de flexibilidad contemplados en este Protocolo (Aplicación conjunta entre países del Anexo 1, compra-venta de emisiones entre países del Anexo 1, o mecanismo de desarrollo limpio).

Recomendaciones

1. La Secretaría de OLADE debe determinar el costo adicional y alternativas de financiamiento que en cada estudio o proyecto implican estas actividades, con el propósito de someter a la decisión de la Reunión de Ministros las posibles previsiones que haya que realizar en la distribución del futuro presupuesto de la Organización, así como cualquier nueva actividad que sea necesario emprender a fin de llevar a la práctica estas recomendaciones.

2. A nivel nacional el sector energético de los Países Miembros de OLADE, debe fortalecer sus vínculos interinstitucionales, a fin de que se tomen en cuenta de manera explícita, los aspectos vinculados a este sector en el marco de las negociaciones internacionales sobre gases de efecto invernadero.

3 La Organización debe realizar un estudio sobre la evolución de las emisiones de gases de efecto invernadero provenientes de la producción, transporte, transformación y consumo de energía en la Región en los últimos 30 años, a fin de comparar la evolución de ciertos indicadores (emisiones per cápita, por unidad de PIB, etc.) con otras regiones, especialmente con países industrializados.

4. Es de interés por parte de los Países Miembros de OLADE que, una vez definidos los reglamentos de operación del mecanismo de desarrollo limpio establecido en el Protocolo de Kyoto, que la Secretaría informe sobre las reglas para establecer la elegibilidad y certificación de los proyectos. De igual forma, en el ámbito de su competencia, deberá prestar la asistencia necesaria a los Países Miembros en el diseño de sus proyectos

5. La Secretaría de OLADE, incorporará los criterios establecidos en este documento, en los lineamientos de elegibilidad de los proyectos.

Esplanada dos Ministérios, Bloco E,
CEP: 70067-900, Brasília, DF Telefone: (61) 2033-7500
Copyright © 2012
Ministério da Ciência, Tecnologia e Inovação